La Corte Constitucional del Ecuador, mediante la Sentencia 56-11-IN/25 emitida el 15 de agosto de 2025, reafirmó la validez de la voluntad popular expresada en la Consulta Popular de 2011, desestimando una acción de inconstitucionalidad presentada por sectores taurinos.
Estos grupos buscaban revertir las normativas que prohíben espectáculos como las corridas de toros y peleas de gallos, argumentando que dichas prácticas deberían permitirse bajo ciertas condiciones culturales. Sin embargo, la Corte ratificó que la decisión ciudadana debe prevalecer y que los cuerpos legales derivados de dicha consulta son plenamente constitucionales.
Con esta sentencia, se fortalece el respeto a la soberanía popular y se consolida un enfoque constitucional que prioriza el bienestar animal y rechaza prácticas violentas en nombre del entretenimiento.
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